Gobierno Dominicano aprueba Código de Ética de la Inteligencia Artificial
El Gobierno anunció este martes que fue aprobado, mediante el decreto 787-26 , el Código de Ética de la Inteligencia Artificial para los Servicios Públicos de la República Dominicana , con el que establece los principios y lineamientos para el uso responsable, seguro, inclusivo y transparente de esta tecnología en las instituciones del Estado. La normativa fue elaborada mediante un proceso participativo y multisectorial, liderado por la Oficina Gubernamental de Tecnologías de la Información y Comunicación (Ogtic) y la Dirección General de Ética e Integridad Gubernamental (Digeig). Además, contó con el acompañamiento técnico de la Alianza para el Gobierno Abierto (OGP) y está alineada con los estándares de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura ( Unesco ) y la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos ( OCDE ), según informó la Presidencia. RELACIONADAS Nacional República Dominicana aprobará en los próximos días su Código de Ética para Inteligencia Artificial Pilares normativos y salvaguardas de alto impacto El nuevo Código de Ética introduce regulaciones prácticas de cumplimiento obligatorio para todas las instituciones de la administración pública centralizada y descentralizada. Entre sus disposiciones más destacadas figuran: 1. Evaluaciones de Impacto Ético y de Derechos (EIED) : Todo sistema de inteligencia artificial clasificado como de alto impacto —aquel que afecte el acceso a derechos, beneficios sociales o potestades sancionadoras— deberá someterse a una evaluación rigurosa y contar con la aprobación del órgano de supervisión antes de su puesta en producción. 2. Transparencia algorítmica y derecho a la revisión : La ciudadanía tendrá derecho a saber de manera clara cuando un trámite o decisión administrativa haya sido respaldado por inteligencia artificial. Asimismo, se establecen canales accesibles para solicitar explicaciones comprensibles y activar mecanismos de revisión humana. 3. Usos estrictamente prohibidos : La normativa blinda los derechos ciudadanos al prohibir de forma absoluta el scoring o clasificación social generalizada, la identificación biométrica masiva en espacios públicos sin orden judicial, el perfilamiento criminal predictivo basado en sesgos territoriales o socioeconómicos, la automatización de sentencias penales y las armas autónomas . 4. Protección reforzada para la infancia : Se establece una presunción reforzada de riesgo frente a cualquier sistema automatizado dirigido a niños, niñas y adolescentes , prohibiendo categóricamente el uso de IA que genere o distribuya contenido lesivo , abusivo o discriminatorio contra este sector poblacional. 5. Soberanía digital y criterios de contratación : Las instituciones públicas exigirán a sus proveedores garantías de trazabilidad, ciberseguridad y el control soberano de los datos de los dominicanos, evitando la adquisición de sistemas de " caja negra " que no puedan ser auditados por el Estado. Gobernanza, control y plazos de adecuación El decreto dispone la creación del Consejo Nacional de Ética de la Inteligencia Artificial , un órgano consultivo y de coordinación integrado por instituciones clave del Estado y representantes no gubernamentales del Foro Multiactor de Gobierno Abierto , garantizando el escrutinio social continuo y la participación de la academia y la sociedad civil . Finalmente, la normativa otorga un plazo transitorio de 180 días calendario para que las entidades públicas adecúen sus procesos internos, registren los sistemas tecnológicos en funcionamiento, designen a los funcionarios responsables e implementen las medidas necesarias para dar cumplimiento efectivo a este compromiso histórico con la transformación digital ética . Leer más Abogan por que se impulsen tecnologías para mejorar servicios públicos