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El artículo 61 del Código de Policía Marítima establece que la Capitanía del Puerto informará a la superioridad naval sobre cualquier accidente marítimo.Barcos a la deriva en el río Guayas: ¿Qué autoridad está a cargo y cuáles son las sanciones?
El artículo 61 del Código de Policía Marítima establece que la Capitanía del Puerto informará a la superioridad naval sobre cualquier accidente marítimo. Read more