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Esta semana se publicó la ley que modificó la legislación electoral, que contempla multas por no votar para los ciudadanos, pero que además cambia la forma en que el Servicio Electoral (Servel) debe informar de la nominación de los vocales de mesa y de lPrensa escrita va a la justicia por anuncio web de listas vocales de mesa
Esta semana se publicó la ley que modificó la legislación electoral, que contempla multas por no votar para los ciudadanos, pero que además cambia la forma en que el Servicio Electoral (Servel) debe informar de la nominación de los vocales de mesa y de los miembros de los colegios escrutadores. Hasta la última elección, este deber electoral se comunicaba tanto en medios de prensa escritos como mediante el envío de carta certificada. El texto legal dice que «a partir del vigésimo segundo día anterior a la elección o plebiscito, el Servicio Electoral deberá publicar en el sistema de consulta disponible para los electores en su sitio web, al que se refiere el inciso segundo del artículo 7 de la Ley N°18.556, Orgánica Constitucional sobre Sistema de Inscripciones Electorales y Servicio Electoral, la condición de haber sido el elector designado como vocal de mesa o miembro de un colegio escrutador», recordó el Servel. El organismo enfatizó que «la ley rige in actum, por lo que debe llevarse a efecto de manera inmediata por el Servicio Electoral a partir de este sábado 25 de octubre, fecha en que se dará a conocer en su sitio web a las 203.646 personas que han sido designadas por las Juntas Electorales como vocales de mesa en Chile y en el exterior». Según datos electorales, el 96% de los vocales de las próximas elecciones presidencial y parlamentaria cumplirá el rol -que es pagado- por segunda vez, «ya que fueron designados en el último proceso electoral». Diarios apelan al Servel y anuncian recurso judicial Tras la comunicación del Servel el pasado jueves 23, la Asociación Nacional de la Prensa (ANP) -que reúne a la prensa escrita chilena- consideró que se trata de una acción con visos de ilegalidad, porque ya estaba en curso el proceso de publicación en medios. «Se trata de una instrucción ilegal, que atenta gravemente contra el principio de juridicidad, la certeza jurídica y el principio de publicidad de los actos electorales y, en general, de un proceso electoral que debe ser transparente desde su inicio», dijo la ANP en un comunicado, dando cuenta de que solicitó al Servel revertir la medida. Para la gremial, el proceso de notificación ya se había iniciado, válidamente, de acuerdo a la ley vigente y «la posterior entrada en vigencia de una nueva ley (N° 21.779, promulgada este jueves), que introduce notificaciones digitales, no otorga al Servel la facultad constitucional ni legal para interrumpir o paralizar un acto administrativo ya iniciado». «La mencionada decisión desconoce las acciones de las juntas electorales y limita severamente a miles de ciudadanos, especialmente adultos mayores o personas en zonas rurales, que no tienen acceso a medios digitales y que dependen de la prensa o la carta certificada para informarse de su deber cívico», añadió la ANP. Read more











