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La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó este jueves la sentencia que rechazó la demanda presentada en contra del Fisco y la municipalidad local por su eventual responsabilidad en las cinco muertes registradas en el caótico ingreso al local donde se prCorte confirmó rechazo a demanda al Fisco y municipio de Santiago por fatal show punk en 2015
La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó este jueves la sentencia que rechazó la demanda presentada en contra del Fisco y la municipalidad local por su eventual responsabilidad en las cinco muertes registradas en el caótico ingreso al local donde se presentaría la banda británica de música punk Doom, el 16 de abril de 2015. La tragedia ocurrió en el centro de eventos Santa Filomena, donde Ignacio Medina, de 17 años; Fabián González, de 22; Daniel Moraga, de 24, y Gastón Angladetti, de 25, fallecieron aplastadas por una avalancha humana. En fallo unánime, la Decimotercera Sala del tribunal de alzada –integrada por el ministro Patricio Martínez, la ministra Claudia Lazen y el abogado (i) Adelio Misseroni– ratificó íntegramente la sentencia de primera instancia. «Atendido el mérito de los antecedentes y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma la sentencia apelada dictada el veintisiete de diciembre de dos mil veintitrés, por el 24° Juzgado Civil de Santiago», consigna el fallo. El dictamen de primera instancia En la sentencia de primera instancia ratificada, la magistrada Cecilia Pastén Jara descartó la responsabilidad atribuida por familiares de las víctimas al Fisco y a la Municipalidad de Santiago por falta de servicio. «Que si bien es cierto, en el caso de la Seremi de Salud, respectiva, se establece la obligación de verificar el cumplimiento de las medidas de seguridad e higiene de los locales públicos, entre otros, donde se efectúen espectáculos públicos de acceso masivo, resulta evidente que el cumplimiento de dichas medidas corresponde a los dueños o responsables de los respectivos espectáculos y/o locales públicos», establece el fallo de base. La resolución agrega: «Que en la circunstancia de autos y tomando en especial consideración lo constatado en el proceso penal donde se condenó al responsable de la productora que organizó el evento musical de una banda punk y los hechos asentados precedentemente, no se aprecia un incumplimiento, cabal y acreditado de las autoridades demandadas, porque, en primer lugar, aparece de manifiesto, en lo relativo a la Municipalidad de Santiago, que el local contaba con su debida patente para funcionar, tanto como cabaret como por discoteca; y en segundo lugar, respecto de ambas demandadas, no se podría exigir una fiscalización cabal del local en cuestión, si ha resultado acreditado que el mismo día del evento, se cambió el lugar del espectáculo y mal podría requerirse a la autoridad que fiscalizara un hecho que se producía en el momento y del que solo se avisó, en redes sociales, pero no se informó, formalmente a la autoridad». «En lo relativo a la supuesta falta de seguridad de Carabineros, rige lo asentado precedentemente y además, que ha resultado probado, también, que acudieron carabineros al lugar del evento, donde se producían desórdenes por el público asistente, pero debieron huir del lugar, por ser de menor número y al estar en peligro su integridad por ataques perpetrados por algunas personas asistentes del evento musical», añade. «Cabe agregar que, aunque no todos, pero sí ciertas personas que asistieron al concierto actuaron de forma violenta y dado su gran número, se puede presumir que dicho hecho puede haber incidido en que los primeros carabineros que acudieron al lugar no pudieran actuar para controlar los desórdenes», detalla. «Que, en atención a los hechos reconocidos en el proceso y la prueba analizada precedentemente, no puede establecerse en autos, alguna acción u omisión de la autoridad demandada en los hechos relatados en la demanda y en caso alguno que tuvieran incidencia directa con la trágica muerte de los hijos de los actores, ya que, en último caso, la eventual falta de acción del Fisco o de la Municipalidad de Santiago, no fue la causa directa de la muerte de los jóvenes que acudieron al concierto de música punk», concluye. Read more











