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En un fallo unánime, la Primera Sala de la Corte de Apelaciones de Valdivia rechazó el recurso de protección interpuesto por una enfermera universitaria que fue destituida del Hospital Base de la ciudad, luego de confirmarse que realizó un viaje al extranCorte ratificó destitución de enfermera que viajó al extranjero durante licencia por hijo gravemente enfermo
En un fallo unánime, la Primera Sala de la Corte de Apelaciones de Valdivia rechazó el recurso de protección interpuesto por una enfermera universitaria que fue destituida del Hospital Base de la ciudad, luego de confirmarse que realizó un viaje al extranjero mientras hacía uso de una licencia médica remunerada, la cual le había sido otorgada por la enfermedad grave de su hijo menor de un año. El tribunal estableció que la sanción aplicada por el Servicio de Salud Los Ríos se ajustó a derecho y fue ejecutada por la autoridad competente tras un sumario administrativo legalmente tramitado. En la resolución, los magistrados recalcaron que «la obligación de desempeño honesto y leal no se suspende por el otorgamiento de una licencia médica, menos aún si se considera que (...) se incumplió el deber de reposo realizando un viaje al extranjero, sin fundamentación médica, torciendo los fines para los que el reposo médico remunerado ha sido otorgado, en este caso, para atender cumplidamente la enfermedad grave de un niño menor de un año». Asimismo, la Corte enfatizó que «el referido principio de probidad administrativa (...) consiste en 'observar una conducta funcionaria intachable, un desempeño honesto y leal de la función o cargo, con preeminencia del interés general sobre el particular'». Finalmente, el tribunal concluyó que «no se ha acreditado la existencia de una acción u omisión ilegal o arbitraria que pudiera perturbar, amenazar o vulnerar las garantías constitucionales de la recurrente (...), por lo que esta (la acción legal de la mujer) no podrá prosperar». Read more











